SEGUROS DE PERSONAS CON BENEFICIOS FISCALES
PERSONAS FÍSICAS
PLAN PERSONAL DE RETIRO (PPR) EDAD 65 AÑOS ART. 151 LISR.
Plan personal de retiro con tope de deducibilidad de 5 Salarios mínimos de la zona geográfica del contribuyente y/o el 10% de los ingresos de este. Quedando exentos de retención del ISR si el asegurado contratante recupera su dinero a edad 65 años.
AHORRO PARA EL RETIRO 55, 60, 65 Y 70 AÑOS ART. 185 LISR.
Seguro de ahorro para el retiro que puede complementar al anterior (151 LISR) y que el tope de deducibilidad es de 152,000.00 pudiendo hacerlo retroactivo al pago de la declaración anual del periodo inmediato anterior.
PERSONAS MORALES
SEGURO DE HOMBRE / MUJER CLAVE ART. 27 (XII) y ART. 51 RISR
Seguro de vida ahorro que protege a las empresas de los riegos financieros ante la pérdida o invalidez del hombre / mujer clave. Seguro 100% deducible del ISLR.
SEGURO DE VIDA GRUPO Y COLECTIVO DE GASTOS MEDICOS ART. 27 (XI Y XII) LISR.
Seguros que dan pertenencia a los empleados y que evita la rotación de estos.